sábado, 29 de agosto de 2015

primera clase: INNOVACIONES EN EL PROCESO CIVIL Y MERCANTIL


INNOVACIONES EN EL PROCESO CIVIL Y MERCANTIL.

SISTEMAS DEL PROCESO CIVIL

-          El proceso escrito

-          El sistema oral

-          Novedad : el sistema mixto

EL SISTEMA ESCRITO

•      Caracteres

-          Lento

-          Burocrático

-          Desconcentrado

-          Juez: mero espectador

-          No rige la inmediación

-          Valoración de la prueba: tasa legal

EL SISTEMA ORAL

•      Caracteres:

-          ágil

-          abreviado

-          concentrado

-          inmediación

-          mayor eficacia

-          economía de tiempos y esfuerzos

-          moralización del proceso

-          valoración de la prueba: sana crítica

LA ORALIDAD COMO INSTRUMENTO DE EFICACIA

•      Oralidad Y Proceso Por Audiencia

-          La oralidad como consecuencia del instituto de la audiencia.

-          La oralidad como instrumento, no como fin.

-          El proceso por audiencia como un modelo mixto.

•      La preparación escrita del debate

•      La documentación de la audiencia

•      La forma escrita de la sentencia y de los recursos

•      Los procesos monitorios y la ejecución forzada.

ORALIDAD Y AUDIENCIA

•      La Audiencia: Concepto Y Caracteres

-          El proceso como acto de tres sujetos

-          La reunión de los sujetos procesales

-          La inmediación: contacto personal y directo del tribunal con las partes y la prueba Art. 10.

-          La concentración de actividades en audiencia Art.11.

-          Los poderes de dirección y ordenación de la audiencia Art.14

SISTEMAS DE LA ORALIDAD

Modalidades De Proceso Oral

-          La oralidad absoluta: caracteres

•      La oralidad en todos los actos procesales

•      Instancia única

 

-          La oralidad atenuada: caracteres

•      Actos de proposición: escritos

•      Documentación escrita de las actuaciones orales

•      Doble instancia

ESTRUCTURA DE LOS PROCESOS

•      Procesos declarativos

-          Proceso común

-          Proceso abreviado

•      Procesos especiales

-          Ejecutivo

-          Monitorio

-          Posesorio

-          Inquilinato

INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL

•      Arts. 1 y 2: vinculación a la Constitución, leyes y demás normas

•      Interpretación constitucional de las leyes

•      Inaplicación de normas inconstitucionales por parte del Juez

•      Derecho a la protección jurisdiccional Art.1

PRINCIPIO DE APORTACIÓN

•      Art. 7 cpcm : Hechos y prueba (partes)

•      Iniciativa probatoria del Juez

-          Diligencias para mejor proveer

-          Declaración de parte: aclaraciones o interrogatorio aclaratorio (350)

-          Testigos: aclaraciones (369)

-          Peritos: aclaraciones (387)

-          Reconocimientos: 390 (amplio)

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO POR AUDIENCIA: publicidad

•      El principio de publicidad en el CPCYM

-          Publicidad interna y externa

-          Publicidad externa y control general de la actividad jurisdiccional

•      La publicidad es de esencia de un sistema democrático, en tanto los

•      jueces actúan de cara a los ciudadanos, como garantía para los litigantes y para el

•      derecho de todas las personas, y para la información y formación de la opinión pública, soporte de toda institucionalidad

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO POR AUDIENCIA: inmediación

•      El principio de inmediación en el centro del sistema

-          Concepto, caracteres

•      Contacto directo del juez con las partes y con el material probatorio.

•      Notas conceptuales: contacto directo, comunicación personal, falta de intermediarios

-          Inmediación y audiencia

•      Concepto de audiencia

•      Inmediación fuera de la sede del tribunal

•      Proyección interpretativa: posibilidad de trasladarse fuera de su circunscripción, etc.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

•      La Constitución como pilar Art.2, 8 y 86

•      Las lagunas legales:

•      Integración Art.19: normas en situaciones análogas, normativa constitucional, principios del código, doctrina legal, doctrina de los expositores del derecho y consideraciones de buen sentido y razón natural

•      Obligación de resolver: Art.15

•      Art. 3º

•      Las leyes fijan el orden y las formalidades del proceso

•      Legalidad y criterio de interpretación (18)

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO POR AUDIENCIA: inmediación

•      Inmediación, prueba y sentencia

-          La inmediación y la prueba: contacto directo y personal del juez con los medios probatorios (testigos, peritos, etc.)

•      Nulidad en caso de inobservancia

-          El respeto por los hechos: ventajas de la inmediación

•      Mejor adecuación del fallo a los hechos

•      Aproximación gradual a la prueba (a medida que se diligencia, y no únicamente cuando se dicta sentencia).

IMPULSO OFICIOSO

Por otro lado, hay que señalar que la plena vigencia del principio de aportación de parte y la búsqueda, en principio, de una verdad formal, no convierte al juzgador en un mero espectador que asiste al duelo entre las partes, sino que el Código, además de incorporar el impulso de oficio de la fase probatoria, reconoce de un modo bastante más amplio que la anterior Se reconocen las facultades directivas del Juez en la práctica de la prueba

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO POR AUDIENCIA: concentración

•      El principio de concentración en el CPCYM

-          La concentración en los actos introductorios.

•      Demanda: art. 85 (pretensión), art. 282 y 283 (prueba)

•      Contestación: excepciones y defensas (art. 284), reconvención (285), prueba (art. 288 y 289)

-          La concentración en la audiencia preparatoria (art. 11, 292 y ss.), conciliación, saneamiento, fijar la pretensión.

-          La concentración en materia incidental (art. 266) Todas las cuestiones incidentales que puedan paralizar el proceso deben de tramitarse en un solo escrito

PRINCIPIO DISPOSITIVO

•      Art. 6º

•      Manifestaciones

-          Objeto del proceso y de la prueba (partes)

•      Omisión de algún punto en audiencia

-          Congruencia (218)

•      Iura novit curia: alcance

-          Transacción, conciliación

-          Desistimiento, allanamiento

-          Suspensión de plazos (199): plazo máximo de 45 días

En consecuencia y en virtud de tal principio dispositivo, corresponde a las partes la facultad de iniciar el proceso, de determinar su objeto y de realizar con eficacia actos de disposición.

Queda restringida la libertad investigadora y resolutiva del juzgador si no media la intervención del quejoso Art. 321, 317, 312, Excepción: prueba para mejor proveer Art. 7 inc. Final

Función de director del proceso del Juez para aspectos procesales, iura novit curia

Es diferente a la ordenación del proceso que si le corresponde al Juez

OTRA EXPRESIÓN: principio de preclusión

•      Van quedando firmes las etapas del proceso  sin posibilidad de hacerlo retroceder injustificadamente.

•      Tres situaciones:

•      A. Por no haberse observado la oportunidad dada por la ley para la realización de determinado acto

•      B. Por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercicio de otra

•      C. Por haberse ejercido válidamente esa facultad

EXPRESIONES DEL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN.

•      1.La reducción de plazos y términos

•      2.Mayor inmediación en los actos de comunicación

•      3. Prohibición de incidentes suspensivos

•      4.Tratamiento preliminar de los presupuestos procesales

•      5. Instauración de la Oralidad

MANIFESTACIONES DE LA INMEDIACIÓN

•      Art. 10, 200 (nulidad insubsanable)

•      Identidad física del Juez (213, 211, 207)

•      Audiencia preparatoria: 200 (Juez), 291, 67, 69 (partes)

•      Audiencia probatoria: 406

•      Audiencia del proceso abreviado: 425

•      Audiencia de conciliación: 251

•      Segunda instancia audiencia n: 518

•      Proceso  ejecutivo: 467

IGUALDAD PROCESAL

•      Art. 5º

•      Igualdad de posibilidades durante el desarrollo del proceso: alcance

•      Igualdad y activismo del Juez: alcance

•      Desde perspectiva del legislador y desde la perspectiva del juzgador

•      Debe buscarse el equilibrio

•      Caso del rebelde

MANIFESTACIONES DE LA IGUALDAD PROCESAL

•      Igualdad de alegaciones, defensas y pruebas para las partes en el proceso.

•      Bilateralidad de los actos procesales.

•      Consagración de soluciones para que el acceso a la justicia no se vea coartado por razones económicas

PRINCIPIO DE DEFENSA

•      Interviniendo en las actuaciones

•      Articulando medios de prueba

•      Art.4

•      Excepciones del código: caso de las medidas cautelares  denominadas en el Código como Diligencias preliminares Art.258

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

a)      La publicidad de las audiencias. Publicidad externa

b)       La publicidad del expediente judicial. Publicidad interna

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO POR AUDIENCIA: deber de colaboración

-          Tendencias actuales

-          El principio de colaboración en el Código: previsiones normativas

El principio de buena fe y lealtad procesal (13)

El principio de colaboración en la prueba documental: documentos en poder del adversario, carga de su presentación, consecuencias de incumplimiento.

PRINCIPIO DE BUENA FE

•      Art. 13

•      Manifestaciones

-          Condena en costas y daños y perjuicios

-          Dirección del proceso (Juez)

-          Prevención de maniobras dilatorias

•      Medios impugnativos

•      Incidentes

•      Prueba con la demanda

•      Rechazo de prueba, inconducente

•      Rebeldía

PRINCIPIO DE GRATUIDAD DE LA JUSTICIA

•      Auxilio de la Procuraduría General de la República

•      Agentes auxiliares en materia privada

•      Art.16

 
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario